The Mesmerist and Mathias
jueves, 18 de diciembre de 2014
Derecho penal y accidentes de tránsito.
La representación del delito de sangre en accidente de tránsito suele pasar a través de un gigantesco filtro, con tentáculos que definen su poderosa influencia en la sociedad: los medios de comunicación. Pero esa representación tiene unas particularidades que distorsionan las definiciones, los conceptos legales y la razón de ser de los procedimientos jurídico-penales, a tal punto que el ciudadano señalado del hecho, se proyecta ante la sociedad como un cuerpo de exhibición, legible, objeto de reproches, de aborrecimiento y finalmente, de condena prematura y prejudicial. El universo de los entendidos en derecho penal se desplaza en la sociedad por la representación de los medios, donde las reglas de la mentalidad jurídica liberal aparecen como mudables, relativas y confusas, porque "ignoran" a la víctima en su inmenso dolor. El discurso cambia en ese gran filtro de poderosos tentáculos por el ambiente de repulsión e indignación que inspira el hecho: se olvida la presunción de inocencia, resulta incomodo hablar de debido proceso, se concibe como enemigo al implicado, se clama por un castigo en la primera audiencia y, por supuesto, cuando se avista el tema del alcohol, se prefiere la modalidad de injusto mas grave, el dolo eventual, porque la culpa consciente es, en extremo, una concesión demasiado generosa que el Estado no puede darse el lujo de facilitar a ese enemigo social. Aquí resulta fastidiosa, y hasta imprudente la ciencia del derecho penal.
Pero solo hablo de eso, de representaciones, de imágenes que se exhiben en los noticieros, del amarillismo descarado que se vislumbra, del dolor que se manipula. El ciudadano con criterio, ese que se sirve de su propia razón, sabrá canalizar como a bien tenga el rimbombante espectáculo de esas aparatosas noticias. Lo que no se puede permitir, es que las nociones prejurídicas, extrapenales, impulsivas e irracionales que crea ese gran filtro, que produce esa representación torcida de la tragedia penal, invadan a los jueces, a los fiscales o a los abogados de víctimas. El dolor de esa tragedia penal es ineludible: la conmoción emocional envuelve al proceso, y el riesgo de los medios de comunicación irresponsables, se hace tangible cuando la expectativa de justicia es la ley del talión, la retribución, la expiación, la no prisión domiciliaria para un ser despreciable que no merece un juicio justo, sino el castigo anticipado, todo un linchamiento ideológico que quiere atravesar la carne del reo, y que puede sentir el defensor en la suya. Toda una cosmovisión de la justicia que arroja a Beccaria y a Carrara a la basura.
Carrara decía que la ciencia del derecho criminal debía servir de fuente de contención del poder punitivo del Estado. Pues bien, esta máxima debe imperar por sobre todas las cosas. Que las emociones no invadan el pensamiento jurídico, creo que podría ser un buen principio para aspirar a la verdadera justicia, aquella que se obtiene respetando el debido proceso y los principios inclaudicables del derecho penal. El espíritu mediático no puede sustituir el buen juicio jurídico, porque eso representaría la capitulación del Estado de Derecho; la justicia penal no es retribución en la primera audiencia.
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